|
El
flagelo de la discriminación laboral
por
edad es violencia laboral
Está absolutamente prohibido
publicar avisos ofreciendo empleos donde se discrimine al
postulante por edad (y por otros motivos). Los formularios
para completar datos personales impresos que se usan para
ese fin en las empresas o en los que se completan a través
de los sitios web de Internet NO TIENEN la consulta de la
fecha de nacimiento. No se puede solicitar el envío de foto
del postulante. ¿El país de las maravillas? No. Esto
ocurre, simplemente, en Estados Unidos.
Cuando mencionamos a ese
país norteamericano se nos pone la piel de gallina por su
reprobable política exterior. Pero debemos reconocer que
de las fronteras para adentro, su Constitución y sus leyes
defienden férreamente los derechos individuales de las personas.
Y ése es un ejemplo a considerar.
¿Por qué no se puede
aplicar en la Argentina? ¿Por qué no se pueden instrumentar
mecanismos para favorecer a las empresas que contraten trabajadores
mayores de 45 años? ¿Por qué no castigamos
a las empresas que excluyan y despidan a sus empleados cuando
cumplen 45 o 50 años, sin otra causa que su edad?
"Promover la sensibilización
de la población sobre los derechos de las trabajadoras y
trabajadores del sector formal e informal, promoviendo la
responsabilidad social empresarial." Este es uno de
los objetivos de la CTIO (Comisión Tripartita de
Igualdad de Trato y Oportunidades entre Varones y Mujeres
en el Mundo Laboral) dependiente del Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
La Asociación 50
a 60 (www.asociacion50a60.com.ar) fue halagada
al ser invitada especial a las sesiones plenarias de dicha
Comisión, y desea que, trabajando mancomunadamente, se pueda
concienciar a las empresas y las cámaras que las agrupan,
a los sindicatos, y a los gobiernos y legisladores nacionales,
provinciales y municipales, sobre la imperiosa necesidad
de dar cabida en las fuerzas productivas del país a más
de un millón de argentinos que padecen este flagelo.
La Constitución Nacional
dice: "Art. 16.- La Nación Argentina no admite prerrogativas
de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales,
ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales
ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra
condición que la idoneidad." Hagámosla cumplir.
La Argentina necesita un
país lleno de activos, no de pasivos o de desocupados.
Julián Bautista
Comisión Directiva
Asociación 50 a 60
|