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TELETRABAJO |
Para
comprender el concepto de teletrabajo es fundamental
detallar que se considera teletrabajo a toda forma
de trabajo que no requiera la presencia de la persona
en la oficina o planta de la empresa. El Teletrabajo
es una forma de trabajo a distancia mediante el uso
de telecomunicaciones. Hay dos formas de encararlo:
1) en forma
independiente, como autónomo o monotributista y 2)
en relación de dependencia. Nosotros, en esta página,
propondremos la relación de dependencia. |
La mediación tecnológica
es otra de las características centrales del teletrabajo,
ya que para su realización deben actuar elementos telemáticos,
ya sea computadoras, teléfonos o cualquier otra de las denominadas
TIC's (Tecnologías de la información y
la Comunicación).
El teletrabajo no es una profesión, sino una forma de desarrollar
una tarea y requiere una reorganización cultural para la
eficiente aplicación de esta innovación.
El concepto de teletrabajo
involucra dos elementos fundamentales:
Distancia + uso de Telecomunicaciones.
Perfil adecuado del
teletrabajador:
Dominio de herramientas informáticas.
Capacidad de organización de sus propios tiempos y responsabilidades.
Autodisciplina.
Capacidad de comunicación interpersonal mediada por tecnología.
Las ventajas fundamentales
para el trabajador tienen que ver con:
Ahorro de tiempo y dinero en transportes y traslados.
Disminución del estrés.
Aumento notable de la libertad de acción, flexibilidad horaria
y disponibilidad de tiempo.
Posibilidad de combinar trabajo con otras actividades personales
u otras ocupaciones.
Aumentan las posibilidades laborales de personas con discapacidad,
mujeres o personas que por alguna razón no pueden estar
fuera de sus hogares mucho tiempo.
No dejes de leer el editorial
nuestro del boletín 31, con amplia información, haciendo
clic aquí.
Si le interesa ahondar sobre
esta alternativa laboral, lo invitamos a visitar las páginas
web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social:
Para inscribirte, hacé
clic aquí.
Preguntas frecuentes: clic
aquí.
Enlaces con más información
y bolsas de trabajo: clic
aquí.
Dado que esta actividad no
está contemplada en la Ley de Contrato del Trabajo, el Ministerio
elevó un proyecto de ley, para regular la actividad, que
se encuentra en tratamiento en el Senado de la Nación. Para
leer el proyecto de ley, clic
aquí.
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